Licencia de obras en Zaragoza: el 3,87% de ICIO que casi nadie calcula bien
Zaragoza regula sus obras con nombres de procedimiento muy concretos —X014, X406, X404— y no basta con saber si tu reforma es «grande o pequeña»: hay que identificar el código exacto. Confundir un X406 con un X404 no es un matiz burocrático, es la diferencia entre tramitar en semanas o en meses.

La MIAU, y los tres niveles que regula
El Ayuntamiento de Zaragoza regula sus obras a través de la Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU), que distingue niveles de intervención con nombres de procedimiento muy específicos: obra menor (procedimiento X014, por comunicación previa o declaración responsable), obra mayor de reforma (X406, que puede tramitarse como licencia o como declaración responsable según el caso), y obra mayor de ampliación o nueva construcción (X404), además de un procedimiento propio para rehabilitación integral (X407). Buscar solo «licencia de obras Zaragoza» sin saber en cuál de estos códigos encaja tu reforma es la forma más habitual de perder tiempo tramitando por el sitio equivocado.
Obra menor: cuándo basta con declaración responsable
Las obras menores —mejora de accesibilidad, retejados, reparación de bajantes, aire acondicionado, cerramientos, vallas y andamios, entre otras— se tramitan por comunicación previa o declaración responsable (modelo 440). La gran ventaja es la velocidad: puedes empezar la obra el mismo día que la pones en conocimiento del Ayuntamiento, o como muy tarde el día de su presentación.
Ojo con un detalle que se pasa por alto con frecuencia: la obra tiene un plazo de seis meses para ejecutarse desde que se comunica. Si no la terminas dentro de ese plazo, se entiende caducada, y hay que solicitar prórroga o volver a presentar la declaración desde cero. Y si el edificio está en el Catálogo de Edificios Urbanos Protegidos o dentro de un entorno declarado Bien de Interés Cultural (BIC), aunque la obra sea menor por naturaleza, necesitarás licencia con informe de Patrimonio en vez de la simple declaración responsable.
Obra mayor de reforma: licencia o declaración, según el caso
El procedimiento X406 cubre las obras mayores de reforma sobre edificios existentes —restauración, acondicionamiento, consolidación— que no supongan cambios significativos en la estructura portante ni modifiquen la superficie envolvente del edificio. Aquí Zaragoza tiene una particularidad: según los criterios de la MIAU, este tipo de obra puede tramitarse como licencia urbanística o como declaración responsable, no es una vía única. En muchos casos, antes de presentar la solicitud, el Ayuntamiento exige un Informe Sustantivo de Idoneidad y Calidad Documental, emitido por el colegio profesional del técnico que redacta el proyecto — un control de calidad previo que no existe en todas las ciudades.
Si tu obra sí supone ampliación o aumento de volumen edificado, pasa a tramitarse por el procedimiento X404, que exige licencia urbanística sin la opción de declaración responsable. Y si es una rehabilitación integral, tiene su propio procedimiento, el X407. En ambos casos, el criterio de fondo es el mismo que en el resto de España: si la obra requiere proyecto técnico según el artículo 2.2 de la LOE, no hay declaración responsable que valga.
El ICIO en Zaragoza: 3,87% y sobre qué base
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) en Zaragoza es del 3,87% sobre el presupuesto presentado de la obra, sin IVA, según la Ordenanza Fiscal nº 10. Un matiz práctico en la gestión: si tramitas por declaración responsable, el ICIO se autoliquida en el momento de presentarla; si tramitas por licencia, puedes pagarlo después de que se apruebe. Además del ICIO, hay que sumar la tasa por servicios urbanísticos de la Ordenanza Fiscal nº 13, que se aplica en ambos casos.
Costes y plazos de referencia
| Procedimiento | ICIO | Plazo de inicio / resolución |
|---|---|---|
| Obra menor (X014) | 3,87% del presupuesto sin IVA | Mismo día de la comunicación, o el día de su presentación |
| Obra mayor de reforma (X406) | 3,87% del presupuesto sin IVA | Según se tramite como declaración o licencia |
| Obra mayor de ampliación (X404) | 3,87% del presupuesto sin IVA | Hasta 3 meses en procedimiento ordinario de licencia |
Procedimiento de solicitud
- Identifica el procedimiento exacto que te corresponde
Obra menor (X014), obra mayor de reforma (X406), obra mayor de ampliación (X404) o rehabilitación integral (X407) — no basta con clasificarla como «grande o pequeña» a ojo.
- Comprueba si el edificio está catalogado o en entorno BIC
Si lo está, necesitarás licencia con informe de Patrimonio, aunque la obra sea menor por naturaleza.
- Reúne la documentación según el procedimiento
Modelo 440 para declaración responsable, modelo 450 para licencia, y si es X406, valora si necesitas el Informe Sustantivo de Idoneidad y Calidad Documental del colegio profesional.
- Calcula el ICIO al 3,87% sobre el presupuesto sin IVA
Y suma la tasa de servicios urbanísticos según la Ordenanza Fiscal nº 13.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza
O de forma presencial en el Servicio de Licencias Urbanísticas, en Vía Hispanidad 20.
- Empieza la obra dentro del plazo correspondiente
El mismo día si es obra menor; tras resolución expresa si es licencia de obra mayor. Y no olvides el plazo de seis meses de validez de la declaración responsable.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la MIAU?
La Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística es la norma que regula en Zaragoza los distintos procedimientos de licencia y declaración responsable para obras, identificados con códigos específicos como X014, X406 o X404.
¿Cuánto es el ICIO en Zaragoza en 2026?
3,87% sobre el presupuesto presentado de la obra, sin IVA, según la Ordenanza Fiscal nº 10.
¿Puedo empezar la obra menor el mismo día en Zaragoza?
Sí, en cuanto la pongas en conocimiento del Ayuntamiento, o como muy tarde el día de su presentación. Eso sí, tiene una validez de seis meses para ejecutarla.
¿Qué pasa si mi edificio está catalogado o en un entorno BIC?
Aunque la obra sea menor por naturaleza, necesitarás tramitarla como licencia con informe de Patrimonio, no como simple declaración responsable.